Cambios en la narrativa de “La historia del descubrimiento y de la conquista del Perú” de Agustín de Zarate, entre las ediciones de 1555 y posteriores, conforme la revisión histórico-política y las leyes de los reinos de indias dictadas por Felipe II.
Hace algunos años, Marcel Bataillon exhumó tres
capítulos originales de La Historia del descubrimiento y conquista del Perú
de Agustín de Zárate. Estos tres capítulos sobre la religión de los antiguos peruanos,
que figuraban en la primera edición (Amberes, 1555), habían sido suprimidos de
la segunda edición (Sevilla 1577):
“Desde, el siglo XVIII, en que se reimprimió la
edición expurgada de Sevilla, los editores del siglo XIX perezosamente siguieron
a sus antecesores inmediatos, y habiendo sido imitados por los del siglo XX,
este fragmento todavía no ha encontrado su lugar en una edición española de Zárate
desde la edición prínceps de Amberes (1555)”
El capítulo X trataba “De las opiniones que los
indios tienen de su creación y de otras cosas”, el capítulo XI “De los
ritos y sacrificios que los indios tienen y hazen en el Perú”, el capítuloXII, por último, llevaba el título de “Como tienen la resurrección de la
carne”.
En el resumen de su curso en el Collège de France de
1956-57, M. Bataillon comentaba así esta supresión:
Nos hemos sentido obligados a explicar esta
expurgación de 1577. Esta parece insertarse en el movimiento de reacción que,
después de la muerte de Juan de Ovando (1575), condenó su generosa concepción
de una “historia moral” de las Indias e hizo proscribir las publicaciones
referentes a las creencias y los ritos indígenas de América: se redujo entonces
a la clandestinidad la gran obra de Sahagún (Annuaire du Collège de France,
1957, pp. 438-449).
El azar de una lectura nos permitió constatar que
los censores de 1577 habían procedido también a otro retoque del texto primitivo
y que esta nueva alteración voluntaria había sido inspirada por evidentes móviles
políticos. La versión de 1555 contiene en efecto los tres capítulos sobre la
religión cuyos títulos están transcritos más arriba. Y el capítulo siguiente
–el 13° titulado “Del origen de los Reyes del Perú que llaman Yngas en la
lengua del país”, si bien corresponde por su título al capítulo X de la
edición de 1577 (encierra un texto completamente diferente. Los editores de
1577 sustituyeron un párrafo de Zárate con una frase de su propia cosecha.
Pierre Duviols responsabiliza de estos cambios al virrey Francisco Álvarez de Toledo (Oropesa, 15 de julio de 1515 - Escalona, 21 de abril de 1582) Conde de Oropesa, conocido también como El Solón Virreinal, fue un aristócrata y militar de la Corona de Castilla, que fue el quinto Virrey del Perú. Ocupó dicho cargo desde el 30 de noviembre de 1569 hasta el 1 de mayo de 1581, un total de once años y cinco meses.
"Toledo llegó al Perú en un momento en que seguía desarrollándose (quizás desde 1564) el movimiento andino de rebelión y reconquista, a la vez religioso y político, conocido bajo el nombre de Taqui Oncoy, dirigido desde Vilcabamba, o Vitcos, por el Inca Titu Cusí."
Si bien para la mayoría de los historiadores fue el más importante de los virreyes del Perú y ha sido elogiado como el “supremo organizador” del inmenso virreinato, por darle una adecuada estructura legal, afianzando importantes instituciones indianas, en torno a las cuales giró la administración del país durante doscientos años, para otros fue el gran tirano de los indígenas por haberlos explotado de forma exagerada, al conservar la mita minera del Imperio Inca, pero tergiversando su sentido original, y por haber ordenado la ejecución, en la plaza del Cusco, del último inca de Vilcabamba, Túpac Amaru I. Posteriormente desterró a cientos de hombres, mujeres y niños a Lima, para someterlos a juicio, pero se sabe que muchos de ellos murieron en prisión. Fue quien ordenó las “Reducciones, e introdujo la “Santa inquisición”.
“En su afán por legitimar el dominio de la Corona sobre el virreinato, Toledo se propuso «reescribir la historia», e hizo todos los esfuerzos posibles para que la Historia Índica de Pedro Sarmiento de Gamboa —uno de sus colaboradores— se impusiera como la versión oficial del pasado peruano; entre esos esfuerzos estuvo la «siniestra farsa» —en palabras de David Brading— que organizó en 1572 en el Cuzco, con la lectura pública de la Historia Índica ante representantes de los doce ayllus o linajes incas, a quienes a continuación se les exigió firmar una declaración, reconociendo la autenticidad de lo narrado por Sarmiento de Gamboa”, (Gobernando los Andes, Francisco de Toledo virrey del Perú, 1569-1581. Manfredi Merluzzi).
El móvil parece claro: se quiso hacer que la
Historia de Zárate fuera conforme a la visión histórico-política del virrey
Toledo. Así, cinco años después de las famosas Informaciones, después de la Historia
de los Incas de Sarmiento de Gamboa, Toledo influenció a distancia la
edición española, y era necesario que la Historia de Zárate, muy afamada,
afirmase ella también, aunque sea a posteriori, que los Incas habían sido unos
tiranos y usurpadores, para probar que el rey de España era el único soberano
legítimo del Perú y que sus virreyes podían pues disponer a su antojo de los
cargos y bienes de los descendientes de la dinastía peruana.
Porque el capítulo XIII de la edición prínceps no
estaba conforme a los deseos de Toledo. Se leía ahí que los incas habían sido gente
muy belicosa, llegados de la región del Titicaca para establecerse en Cuzco y a
partir de ahí someter a las regiones circundantes; luego Zárate explicaba cómo
funcionaba el sistema de sucesión de la dinastía:
Su imperio fue sucesivo y este es el orden que
observaron para la sucesión: cuando un rey moría no era ninguno
de sus hijos quien le sucedía inmediatamente sino el mayor de sus hermanos
menores, si tenía varios; luego, después de la muerte de este, la sucesión
retornaba al hijo mayor del rey anterior, de él a su hermano, luego de nuevo de este
hermano al primer hijo de su hermano mayor, y así sucesivamente, de suerte
que esta especie de sucesión no podía casi nunca terminar ni faltar herederos que
se encontrasen en este orden
El texto original de Zárate dice:
Esta versión de un sistema sucesorio regular, legal,
respetado por todos los soberanos –no se debía incumplir la regla– no
correspondía a las conclusiones de las Informaciones o a las de la Historia de Sarmiento
de Gamboa. Baste con remitirse a la carta-sumario que Toledo dirigió a Felipe
II el 1° de marzo de 1572 o, mejor aún, al capítulo70 de la Historia de Sarmiento en el cual este último acumula los crímenes
de sucesión:
Es notable como estos incas fueron tiranos contra sí
mismos, además de serlo contra los nativos de la tierra,
Es cosa digna de
ser notada (por hechos que además de ser cosa cierta y evidente la tiranía
general de estos crueles y tiránicos Incas del Perú contra los naturales de la
tierra, puede fácilmente deducirse de la historia), y cualquiera el que lea y
considere con atención el orden y modo de proceder de ellos, verá» que su
incaismo violento se estableció sin la voluntad y elección de los naturales que
siempre se levantaban con las armas en la mano en cada ocasión que se ofrecían
a levantarse contra su Inca. tiranos que los oprimieron, para recuperar su
libertad. Cada uno de los Incas no sólo siguió la tiranía de su padre, sino que
retomó la misma tiranía por la fuerza, con muertes, robos y rapiñas. Por lo
cual ninguno de ellos pudo pretender, de buena fe, dar principio a tiempo de
prescripción, ni ninguno de ellos tuvo en posesión pacífica, habiendo siempre
alguno para disputar y tomar las armas contra ellos y su tiranía.
Por eso el pasaje de Zarate de 1555 fue suprimido y reemplazado por estas palabras:
Samuel de Broe, traductor notablemente escrupuloso, hizo
notar él mismo la
diferencia entre las dos ediciones sobre este punto, sin
por tanto explicarse su significado.
“El Virrey Toledo, antes de llegar al Perú, conocía perfectamente la situación, de hecho viajó después de participar en la “Junta Magna”, donde recibió instrucciones. Así mismo, era conocedor de las posiciones que se enfrentaban en la corte de España, entre los teólogos y juristas, sobre los derechos de la corona de intervenir en el continente.
Es a partir de las informaciones del padre Bartolome de las Casas sobre la “Destrucción de las Indias” argumentando que la acción de la corona Hispánica era destructiva, y que España no tenia ningún derecho sobre esas tierras. Así, el 3 de julio de 1549 el Consejo de Indias mandaba detener la “conquista” debido a las denuncias de de las Casas, sobre los abusos cometidos por los invasores, cosa que desembocaría en la llamada “Controversia de Valladolid” en donde se lleva a cabo un debate entre Juan Ginés Sepúlveda y fray Bartolomé de las Casas. Cada uno de ellos defendía una de las principales corrientes sobre la legitimidad de la “conquista” y el derecho de la corona a apropiarse los territorios de ultramar.
Sepúlveda justificaba la invasión del continente apelando alconcepto de “Servidumbre natural” de Aristóteles: “Cuando aquellos cuya condición natural es que deben obedecer a otros niegan su autoridad, o cuando no hay otro modo, hay que dominarlos por las armas; tal guerra es justa, según los filósofos más eminentes”, Sepúlveda alegaba la necesidad de detener los crímenes cometidos por los “indios”, como los sacrificios humanos y la antropofagia.
Francisco de Toledo participó en la redacción de las “Nuevas Leyes”, por las cuales quitaban el derecho a los encomenderos de heredar a sus hijos la posesión, esto originó la llamada “Guerra Civil”, lo que provocó muerte del virrey conde de Nieva y posteriormente la del mismo Gonzalo Pizarro, a raíz de ello, en 1569 es nombrado Virrey Francisco de Toledo, quien para Luis E. Valcárcel fue “El Gran Tirano del Perú”:
“Creemos deber nuestro no pasar sin reparo la desenfrenada apología de un personaje que para todos los peruanos fue uno de sus tiranos más desaprensivos y crueles…Toledo, desde el comienzo de su gobierno, tuvo como una obsesión buscar medios de eliminar a los Incas y todo vestigio de autoridad aborigen, a ello tiende las “Informaciones” como se tiene sobradamente probado, a ello alude en sus cartas al rey y al consejo” (Luis E. Valcárcel).
Sobre las leyes que Felipe II dictó al respecto de los libros que tratasen temas de indias, se podrían destacar las siguientes:
De los libros que se imprimen y pasan
á las Indias.
Don Felipe II y la Princesa Gobernadora, en
Valladolid, á 21 de Septiembre de 1556. Y el mismo, en Toledo,
á 14 de Agosto de 1560.
Que no se imprima libro de Indias sin ser visto y
aprobado por el Consejo.
Nuestros Jueces y justicias de estos Reinos de los de la Indias Occidentales, Islas y
Tierra Firme del mar Océano, no consientan ni permitan que se
imprima ni venda ningún libro que trate de materias de
Indias, no teniendo especial licencia despachada por nuestro
Consejo Real de las Indias, y hagan recoger, recojan y remitan
con brevedad á él todos los que hallaren, y ningún impresor ni
librero los imprima, tenga, ni venda; y si llegaren á su poder, los entregue
luego en nuestro Consejo para que sean vistos y examinados,
pena de que el impresor ó librero que los tuviere ó vendiere, por el mismo caso incurra en
pena de doscientos mil maravedís, y perdimiento de la impresión é
instrumentos de ella.
Don Felipe II y la Princesa Gobernadora, en
Valladolid, á 9 de Octubre de 1556.
Que los Prelados, Audiencias y oficiales Reales reconozcan y recojan los libros prohibidos, conforme a los expurgatorios de la Santa Inquisición.
Nuestros Virreyes,
Presidentes y Oidores pongan por, su parte toda la diligencia necesaria, y
den orden a los oficiales Reales para que reconozcan en las
visitas de navíos si llevaren algunos libros
prohibidos, conforme a los expurgatorios de la Santa Inquisición,
y hagan entregar todos los que hallaren á los Arzobispos, Obispos, ó
a las personas á quien tocare, por los acuerdos del Santo Oficio. Y rogamos y
encargamos á los Prelados eclesiásticos: que por todas las vías posibles averigüen
y procuren saber si en sus diócesis hay algunos libros de esta
calidad, y los recojan y hagan de ellos lo ordenado por
el Consejo de la Inquisición, y no consientan ni den lugar
á que permanezcan ni queden en aquellas provincias.
Básicamente se prohibió la impresión de libros que tratasen sobre
las Américas, y se encargó de la vigilancia y recogida de los ya escritos a la
maquinaria de la Santa inquisición, para, posteriormente, pasar la censura correspondiente por parte del Consejo.
Pero, ¿qué eficacia podía tener esa maquinaria censora?
Como escribe Antonio Fernández Luzón en su “Los libros
que prohibía la Inquisición”:
Tan solo un siglo antes, la Iglesia había
saludado la invención del libro impreso y ensalzado la tipografía como un “arte
divina” capaz de dar al mundo incontables tesoros de sabiduría. Sin embargo,
muy pronto se percató de los riesgos que entrañaba aquel portentoso y eficaz
medio de difundir las ideas.
Ya en 1487, la bula Inter multiplices de
Inocencio VIII obligaba a obtener el imprimatur, o licencia
eclesiástica, para imprimir libros. Desde entonces, la lectura y posesión de
libros prohibidos estuvo unida a las llamas en que ardían los ejemplares
heréticos, del mismo modo que en los autos de fe contra los herejes se
ejecutaban las sentencias del Santo Oficio y se quemaba a los reos.
Santo Domingo y los albigenses, de Pedro Berruguete |
La Inquisición solo intervenía en la censura a
posteriori, después de que el libro fuera publicado. En España, las licencias
previas de impresión las concedía la Corona a través del Consejo de Castilla.
La principal actividad censora de la Inquisición fue la codificación de lo que
podía o no leerse mediante la promulgación de listas o índices de libros
prohibidos.
Ahora bien, la eficacia de sus mecanismos de
control hubiera sido escasa sin el colaboracionismo de libreros, importadores
de libros, miembros del clero y, sobre todo, el estamento universitario.
Desde la segunda mitad del siglo XVI, conjurado
el peligro de infiltración luterana, el Santo Oficio tuvo como principal
objetivo disciplinar a las capas menos cultas de la sociedad, y para ello contó
con la complicidad del establishment intelectual. Por otra parte, en las
prohibiciones contra los libros extranjeros pesó mucho la propia debilidad de
la industria editorial española, necesitada de medidas proteccionistas.
La tarea censora fue inabarcable. Se
examinaban los libros que llegaban a manos inquisitoriales por la vía de la
delación, de la vigilancia de puertos y fronteras o como resultado de los
escrúpulos de los lectores, aunque ciertamente los censores nunca estuvieron a
la altura del trabajo que se les encomendaba.
Don Felipe II, en Madrid, á 18 de Enero de 1585.
Que á las visitas de navíos se hallen los Provisores
con los oficiales Reales para ver y reconocer los libros.
Rogamos y en cargamos á
los Prelados, que ordenen á sus Provisores puestos en
puertos de mar, que cuando los oficiales de nuestra
Real hacienda visiten los navíos que en ellos entraren, se
hallen á las visitas para ver y reconocer si llevaren libros prohibidos. Y
mandamos á los dichos nuestros oficiales, que no hagan las visitas sin
intervención y asistencia de los Provisores, y de otra
forma y ninguna persona los pueda sacar ni tener.
En 1798, Gaspar Melchor de Jovellanos los
calificará de ignorantes, “pues no estando dotados, los empleos vienen a
recaer en frailes, que lo toman solo para lograr el platillo y la exención de
coro; que ignoran las lenguas extrañas; que solo saben un poco de teología
escolástica y de moral causista”.
La
incompetencia y manifiesta arbitrariedad de los censores creó una gran
incertidumbre a los poseedores de libros y al público lector en general. Sobre todo,
porque la censura poseyó la escalofriante potestad de indagar en lo más íntimo
del espíritu y convertirse, de algún modo, en un tribunal de la conciencia.
De hecho, la ciencia fue la temática menos
perseguida por el Santo Oficio. Según los cálculos del especialista José Pardo
Tomás, las obras científicas prohibidas por el Índice de 1559 representaron
solo el 7,8% del total, menos aún en el catálogo de 1583 (6,9%), y nunca
excedieron el 8%.
Regresando a los “Estudios de historia andina” de Pierre
Duviols, y al texto censurado de Zarate:
Ya que esta falsificación del texto original de
Zárate atestigua el crédito y el poder que tenían en España, alrededor de 1577,
los partidarios de las tesis revisionistas de Toledo, cabe preguntarse cuál fue
su resonancia en aquella época; e inmediatamente uno es llevado a pensar que
quizá este incidente bibliográfico pudo contribuir a suscitar la protesta del
Inca Garcilaso de la Vega, cuyos Comentarios reales constituyen una suerte de
“anti-Toledo” donde él se es fuerza por refutar las acusaciones del virrey y
rehabilita e idealiza la dinastía de los Incas.
Una simple lectura de los Comentarios muestra cuán
sensible era Garcilaso a todo lo que se había escrito antes de él sobre el Perú,
con qué minucia examinaba los hechos relatados o las opiniones expresadas por
los historiógrafos anteriores, para comentarlos, aprobarlos o refutarlos.
Sabemos incluso, desde que Porras Barrenechea descubrió el ejemplar de Gómara
con una anotación de la mano del Inca Garcilaso, que este último pudo concebir
el proyecto de escribir su libro, después de la lectura de textos que
consideraba falsos o tendenciosos. En efecto, escribió él al margen del
capítulo132 de Gómara:
“[…] y dios nos da su gracia y algunos años de vida
para que […] enmendemos muchos yerros que ay en esta historia principalmente en
las costumbres de los naturales de la tierra y señores della”.
Porras ve aquí uno de los puntos de partida de los
Comentarios. ¿No se habría indignado Garcilaso con mayor razón, no se habría sentido
provocado por la falsificación toledista de 1577? Su reacción, ante el texto de
Gómara, y por otra parte la oposición perfecta que existe entre el espíritu de
la censura y la orientación general de los Comentarios, hace atractiva esta hipótesis.
Pero sería necesario, para confirmarla, estar seguro de que el Inca constató la
divergencia entre las dos ediciones de Zárate, y, primero, que las tuvo ambas
entre manos.
A primera vista, el examen de los Comentarios no
permite esta confirmación. Al contrario, parecería que el Inca no conoció sino la
edición de 1555. En efecto, en el capítulo VII del Libro II (“Alcanzaron la
inmortalidad del ánima y la resurrección universal”), alude al pasaje
correspondiente de Zárate :
El contador Agustín de Zárate, Libro primero,
capítulo doce, dice en esto casi las mismas palabras de Gómara y Pedro de
Cieza, capitulo sesenta y dos, dice que aquellos indios tuvieron la
inmortalidad del ánima y la resurrección de los cuerpos.
Al citar el capítulo XII de Zárate sobre la
inmortalidad del alma, capítulo suprimido en la edición de 1577, Garcilaso
prueba claramente que, al escribir, tuvo ante sus ojos la edición de 1555.
Igualmente, en el capítulo X del libro IV,
encontramos una alusión al pasaje de Zárate sobre el sistema sucesorio (que
hemos transcrito más arriba) suprimido en la edición de 1577 y reemplazado por
la profesión toledista. Está claro que Garcilaso se refiere a este pasaje,
aunque no menciona el apellido Zárate:
De haber oído esta manera de heredar de algunos
curacas se engañó un historiador español diciendo que era común costumbre en
todo el Perú, no solamente en los caciques, mas también en los reyes, heredar
los hermanos del rey, y luego los hijos de ellos por su orden y antigüedad.
Pero, ¿no es legítimo preguntarse si Garcilaso al
aludir, justamente, a estos pasajes delicados, no haya querido hacer notar su
amputación en la edición de 1577 y revelar así, prudentemente, la superchería?
Imaginamos al lector curioso buscando en su Zárate el desaparecido capítulo XII
sobre la inmortalidad del alma.
En este caso se trataría de una prueba adicional de
este arte sutil e implacable de la alusión en el cual el Inca Garcilaso de la
Vega era un maestro.
Otra autora, la doctora Lydia Fossa, en su "Narrativas problemáticas: los inkas bajo la pluma española", añade:
“Tanto Gómara como Zárate y Fernández tratan temas que desautorizan la tesis de la tiranía Inka, dedicándole, además, amplio espacio a las guerras civiles. La Corona no estaba dispuesta a permitir que circularan libros sobre este serio enfrentamiento a la autoridad real o, más aún, que cuestionaran su misma presencia en Indias, reconociendo el señorío inka. Como vemos, las razones para la censura variaban con el tiempo, pero la voluntad de controlar lo que circulaba impreso y manuscrito era la misma” (*)
Anotación en referencia a la existencia, o no, de la Biblia Valenciana. Catálogo de obras en lengua catalana impresas desde 1474 hasta 1860 Mariano Aguiló (Madrid - 1923) |
Indice ultimo de los libros prohibidos y mandados a expurgar: para todos los reynos
y señorios
del catolico rey de las españas, el señor don Carlos IV
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